Alquiler: ¿qué paga el casero y qué paga el inquilino?

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Conocer y cumplir cuáles son los derechos y obligaciones de cada uno son un factor decisivo en mantener una buena relación entre arrendadores y arrendatarios, especialmente cuando se trata de conocer qué paga el casero y qué paga el inquilino.

Cuando esta circunstancia no queda clara se provocan la mayoría de los enfrentamientos.

Qué paga el casero y qué paga el inquilino según el contrato de arrendamiento

Leer bien el contrato de arrendamiento antes de firmar es esencial: lo que ponga ahí es lo que cuenta al saber qué paga el casero y qué paga el inquilino. La OCU recomienda que se repartan así los gastos:

  • Casero: paga el IBI, la comunidad de vecinos, la tasa de basuras, el seguro de la casa y seguros de mantenimiento (caldera…).   
  • Inquilino: paga todo lo que puede medirse con contadores individuales (el agua, la luz, el gas, internet, el teléfono…).  

Desperfectos en la vivienda en alquiler: qué paga el inquilino y qué paga el casero.

En el caso de avería o desperfectos en la vivienda alquilada, estos son los gatos que corresponden a cada uno:

¿Qué corresponde pagar al inquilino?

El inquilino paga los daños que él o sus visitas causen a la vivienda alquilada (por ejemplo: el pomo de una puerta). Para estos imprevistos viene bien contratar un seguro especial para inquilinos. Se ocupa también de los pequeños gastos por el uso cotidiano del piso: cambiar una bombilla o la puerta de la lavadora, arreglar la cadena del baño o la correa de la persiana…

En resumen, el inquilino debe pagar:

  • Pequeñas reparaciones derivadas por el desgaste del uso diario de la casa, como el cambio de una bombilla.
  • Daños derivados del mal uso o daño intencionado.

¿Qué corresponde pagar al casero?

Casero: El casero debe mantener la vivienda en condiciones de habitabilidad en todo momento, realizando los arreglos necesarios para ello, salvo que el deterioro sea por mal uso o daño intencionado del inquilino. Aquí se incluye:

  • Renovación o sustitución parcial de conductos de agua y desagüe.
  • Mantenimiento y conservación del techo, suelo, paredes.
  • Sustitución y reparación del termo.
  • Reparación de averías en electrodomésticos.

Siendo prácticos, entre otras cosas, paga las averías por desgaste de la lavadora, la caldera, etc. y solo se libra de esto cuando es una avería mínima (un piloto, un filtro…) o si se demuestra que la culpa ha sido del inquilino. Por eso se recomienda también tener un seguro de hogar.

¿Qué pasa con las obras en la vivienda para hacer reparaciones?

Quién paga la obra en caso de que haya que hacer reparaciones queda regulado por la mismas premisas: si los daños son derivados del mal uso o daños intencionados, deberá pagarlos el inquilino. Si se trata de obras para asegurar la habitabilidad del lugar, corren a cargo del casero.

Cuando la ejecución de una obra de conservación no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento, el arrendatario estará obligado a soportarla, aunque le sea muy molesta o durante ella se vea privado de una parte de la vivienda.

Si la obra durase más de veinte días, habrá de disminuirse la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que el arrendatario se vea privado. El arrendatario, en todo momento, y previa comunicación al arrendador, podrá realizar las que sean urgentes para evitar un daño inminente o una incomodidad grave, y exigir de inmediato su importe al arrendador.

El mejor consejo: negociar sin pelear

En torno a las responsabilidades del alquiler pueden surgir todo tipo de disputas. Unas más claras (el inquilino será responsable si llega una denuncia por ruido), otras más difíciles de solucionar con una resolución favorable para ambos (una inundación puede ser culpa del inquilino porque se dejó el agua abierta, de las tuberías del piso o de las de la comunidad… el inquilino sería responsable en el primer caso, el propietario en el segundo y la comunidad en el tercero).

El mejor consejo es serconscientes de nuestros derechos y oblicaciones, intentar recabar la mayor información posible sobre los desperfectos e intentar llegar a un acuerdo.

Tanto inquilino como propietario deben ser conscientes de que toda casa conlleva reparaciones necesarias de las que deben ocuparse.

¿Dónde está regulado qué paga el casero y qué paga el inquilino de una casa en alquiler?

Las obligaciones de ambas partes quedan recogidas en el apartado de «Conservación de la vivienda» del artículo 21 de la LAU.

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